Cristóbal Molina Navarrete.
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén
El programa “CamperForce de Amazon” (Texas) redescubre la utilidad para la economía (hoy digital) contemporánea de un grupo de mano de obra de bajo coste que surgió de la Gran Recesión de 2008, compuesto principalmente por personas temporeras estadounidenses adultas que, periódicamente, se echan a la carretera (en vehículos recreativos, remolques de viaje y furgonetas), formando una creciente comunidad de nómadas laborales (se autodenominan “workcampers”)
Jessica BRUDER. País nómada. Supervivientes del siglo XXI
El nomadismo digital es a la vez un movimiento y un proceso socioeconómico y laboral del siglo XXI, aun en su fase inicial, que supone una fuerte liberación del profesional respecto a sus barreras (geográficas, rutinas y horarios fijos). Suele también contribuir a la ruptura de las jerarquías y estructuras laborales tradicionales. Una persona nómada digital acostumbra a vivir un estilo de vida basado en una gran libertad (viviendo donde quiera por el tiempo que quiera). Aunque viaja mucho, no es tradicional, su trabajo siempre le acompaña.
Nómada digital. Wikipedia

1 Antes que “unicornios azules” varias fueron “startups” (empresas de riesgo en edad temprana y uso intensivo de la tecnología digital). Hasta el momento, la mayor atención, social e institucional, a los nuevos modelos de negocio y empleo basados en el uso intensivo de la tecnología digital se ha centrado en la economía de trabajo en plataformas en línea (Uber, Amazon, Glovo, Deliveroo, etc.). Es la economía a demanda y basada en fuertes inversiones en activos (capitales) intangibles.
Buena prueba de ello es que, tras diversas iniciativas y modelos de regulación por parte de los Estados miembros, entre ellos España y su célebre –aunque insuficiente- “Ley riders” (ley 12/2021, 28 de septiembre), la Comisión Europea ha decidido tomar más en serio estas nuevas realidades socioeconómicas, laborales y profesionales. A tal fin, tras regular los mercados digitales, para mejorar su seguridad jurídica con más claras y adecuadas obligaciones para las plataformas online, acaba de presentar un gran paquete normativo para mejorar las garantías de las personas que trabajan en su seno, corrigiendo la imagen que las identifica con una fuente de precariado digital. El objetivo es, pues, garantizar y promover «Mejores condiciones de trabajo para una Europa social más fuerte: aprovechar todas las ventajas de la digitalización para el futuro del trabajo». En consecuencia, y tras algunas decisiones de salida del mercado español de plataformas digitales de reparto (las únicas reguladas de forma específica en España), como Deliveroo, con la excusa de los elevados costes laborales y sociales que les supone hacer personal laboral a sus profesionales (falsamente) autónomos, el año próximo (2022) volverá a situar en el primer plano de la escena, institucional, política y económico-social a esta significativa parte de la nueva economía digital.
Pero no es de esto de lo que quiero hablar en esta entrada. Casi al mismo tiempo de este anuncio comunitario, el Gobierno español anunció la creación de un ecosistema de servicios e incentivos, sobre todo fiscales, de calidad con un doble objetivo. De un lado, favorecer la creación y el desarrollo de las “startups”, empresas emergentes, es decir, de edad temprana (creación o fase inicial) basadas en inversiones de capital riesgo y un uso muy intensivo de la tecnología digital, característica esta última que le permite, precisamente, crecer en poco tiempo, por el efecto multiplicador del ecosistema digital en que se desenvuelve y el gran mercado potencial que abre el ciberespacio. De otro, convertir a España en un paraíso para el nomadismo profesional digital internacional, esto es, para la atracción y para la retención, en su caso, del mayor talento innovador y creativo posible. Se trata de la proyectada “Ley de Startups”.

¿Qué tienen que ver las plataformas digitales con las startups? Algunas de las empresas gestoras más exitosas de esasplataformas de trabajo digitalmente gestionado fueron, antes que codiciados «unicornios azules» (compañías tecnológicas de matriz europea –en honor a su bandera los llamo azules, no por evocación de la célebre canción de Silvio Rodríguez: en la canción el unicornio azul se le perdió, y emprende su búsqueda afanada-, valoradas en más de 1.000 millones de euros), «startups». Son muy famosas las que dieron lugar a gigantes tecnológicos mundiales hoy (Facebook, Uber), pero la hay también –aunque muy pocas- españolas (caso de Cabify y Glovo; así como Wallapop, eDreams y el Idealista). El Gráfico siguiente lista las más relevantes.
Gráfico 1. Mayores «exits» de startups españolas

2 España, “Nación Emprendedora Digital” y “Edén del Nomadismo Profesional Digital Internacional”. La nueva apuesta institucional y socioeconómica española por ir hacia un modelo productivo basado en usos intensivos de tecnologías digitales es muy ambiciosa. España no es una nación ni de primera línea en este tipo de empresas de innovación tecnológica y capital riesgo, a diferencia de países como Francia y Reino Unido, o Alemania, ni tampoco lidera, hasta ahora, el mercado de “nomadismo profesional digital internacional”.
Un fenómeno este para unos reflejo de democratización del trabajo remoto, no solo del teletrabajo, convertido en pieza esencial del nuevo ecosistema socioeconómico y empresarial tras la pandemia, incluso en contraste con las resistencias de ciertas empresas a su desarrollo tras la pandemia. Para otros, en cambio, no solo sería una nueva falsa ilusión (el trabajo futuro es más híbrido que remoto), fuente de conflictos con la dirección de personal de las empresas, sino también una idealización del “trabajo freelance”, de contornos difusos con la falsa autonomía.
Sea como fuere, el Gobierno está decidido a promover que España sea “Nación de Emprendimiento” y paraíso para el nomadismo profesional digital internacional, como lo es para el turismo internacional. De ahí la «Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes». La razón de ser principal de la nueva regulación es agilizar y flexibilizar la constitución y consolidación de estas empresas, en su edad más difícil, la inicial o temprana y para que puedan desarrollarse de forma más sostenible, y acelerada
No obstante, como todas las empresas, para nacer, crecer y madurar necesitan de un ecosistema de servicios, infraestructuras, incentivos y regímenes normativos de favor (sobre todo fiscales, también de movilidad de personas, dado que un activo clave es el talento profesional internacional). Entre las medidas más relevantes que incluye, para lograr tan ambiciosos objetivos, están, entre otras:
- un régimen de inversiones y de fiscalidad muy favorable para estas empresas emergentes (ej. deducciones de hasta el 50% en inversiones hasta 100.000 € durante los 5 primeros años; aplazamiento de deuda tributaria)
- Una regulación (fiscal) de privilegio de las denominadas “stock options”, como forma de retribución para la mejora de la gestión y a la implicación del personal en la suerte de la “startup”.
- Visado especial (“VIP”) para las “personas nómadas digitales internacionales”, con el fin de ser líderes en la captación de talento innovador y creativo mundial, sobre la base de facilidades fiscales y el atractivo de España para el turismo. Se acompaña de un régimen impositivo de favor, a fin de competir con otros países que ya lo contempla, antes que España
3 Ganar ventajas en un mercado muy competitivo global: ¿España, de país líder en el turismo mundial a referencial en el “turismo-nomadismo profesional digital laboral internacional”? Dado que las startups necesitan inversiones potentes en capital intangible (muchas ni siquiera tienen espacios físicos ni medios de producción propios), uno de los factores más relevantes para su desarrollo es el trabajo remoto, para lo cual requiere de un sistema de estímulos reguladores y fiscales que facilite la movilidad de carácter internacional. Por eso una medida esencial de la nueva iniciativa legislativa es un visado especial, no sólo ágil y sencillo, sino con un régimen impositivo favorable, como sería el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) para quienes acrediten la condición de persona teletrabajadora internacional. A saber:
- personas empleadas extranjeras por cuenta de empresas radicadas fuera de España desplazadas para realizar sus obligaciones laborales aquí
- personas profesionales independientes extranjeras que trabajen a distancia por medios digitales y cuya retribución proceda en su mayoría de compañías extranjeras, con un límite de ingresos provenientes de España del 20%.
El proyecto de ley exime de la obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE), exigiendo solo el número identificación fiscal (NIF). Además, contempla el retorno del talento (rebajará de 10 a 5 años la no residencia previa en España para el visado). ¿Bastará con eso? No. Atraer teletrabajo internacional requiere tanto convencer a las empresas que hacen gala de este contemporáneo modelo flexible de gestión y organización del trabajo de sus ventajas, también en términos de productividad (lo reconoce la reciente regulación del trabajo remoto y del Smart Work en el acuerdo de prórroga del II convenio colectivo de la empresa vinculadas del Grupo Telefónica), cuanto persuadir a las personas que asumen este modelo de empleo y trabajo de las ventajas que hallarán en su decisión de establecerse en otro lugar. Para ello, deben contar con una buena organización digital, con conectividad de calidad, pero también con beneficios sociales (vivienda, escolarización, sanidad, cultura, etc.)
Para lo primero, las empresas contarán con la propia reinvención de potentes plataformas tecnológicas para servir de ecosistema tecnológico que favorezca el trabajo remoto (“work remote”). Es el caso de Airbnb, que no solo tiene como línea de negocio el “alojamiento turístico”, sino también el “turismo profesional”, facilitando viviendas de alquiler para las personas teletrabajadoras. Pero también de Zoom, Teams o Webex (People Insight), que pretenden actuar como plataformas completas de gestión del teletrabajo, orientadas a mejorar la productividad y el bienestar de las personas que trabajan completa o parcialmente en remoto. Para lo segundo, tales plataformas, como Airbnb tratan de alcanzar acuerdos con las ciudades para que obtengan beneficios por instalarse en sus localidades. En España, un claro ejemplo de esta corriente es Málaga y su plataforma Workbay.
4 ¿Realidad de futuro, utopía o quimera? No podemos ir más allá en el análisis de esta interesante iniciativa legislativa, típica de un futuro claramente digitalizado, con lo bueno –mucho- y lo no tanto –también relevante- que los vientos de la transformación tecnológica nos trae, para quedarse (quizás no todos y no tanto como suele augurarse, como sucedió con el boom pandémico del teletrabajo domiciliario). Tiempo habrá una vez se convierta en ley aprobada por el Parlamento y se ponga en marcha, de forma real, el augurado ecosistema institucional, fiscal y laboral de favor para este tipo de empresas, a menudo sobrevaloradas en su dimensión de capital e infravaloradas en el análisis de la calidad de su empleo (como sucede en Uber, Amazon, Cabify, Glovo, etc.).
Cerrado esta aproximación con una valoración global de su eficacia, hay que decir que ha sido puesta en cuestión por una parte del sector, que la considera no solo insuficiente, sino errada. Sin embargo, ha sido bien valorada por otra parte del sector, que tiene expectativas de mejora en el trámite parlamentario. Aunque no se puede ignorar la crítica de quienes, desde fuera (Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores), lamentan que se trate de una ley que rebaja impuestos y agilizar trámites a un sector solo, con lo que de privilegio y agravio puede tener para otros proyectos empresariales que tienen un valor añadido de innovación social, cultural o ambienta, pero no encajan dentro de los requisitos de la nueva ley proyectada. Una vez más sufriría la progresividad fiscal, por lo que serían mejor tratadas las empresas que menos lo necesitan, con lo que la ley, en última instancia, reducirá la transición digital del tejido productivo en su conjunto, con la redirección de la innovación hacia grandes proyectos con inversión extranjera. El Gobierno replica a esta crítica de “paraíso fiscal” dentro de España que es el ecosistema regulatorio y promocional que demanda la economía española «para impulsar un cambio de la estructura productiva del país, en línea con el plan de recuperación».
¿Y del “paraíso español para el nomadismo laboral digital internacional” qué? ¿estamos más en la idealización que del nomadismo laboral realizara la célebre película Nomadland, ahora en la versión siempre más halagüeña de la digitalización, o en la imagen criticada por la novela en que se inspiró, País nómada. Supervivientes del siglo XXI? ¿será suficiente con el nuevo marco regulador del trabajo remoto para hacer real el ansiado equilibrio entre las mejoras de productividad que promete este modelo de organización digital y las mejoras de las razones de las personas teletrabajadoras, en términos de flexibilidad, conciliación y bienestar, o se requerirá adaptarlo para hacer más atractivo este desempeño para el talento internacional? Veremos. En tanto el Equipo de este Blog les desea ¡Feliz Navidad y mejor año 2022!
