{"id":189,"date":"2020-06-23T13:26:37","date_gmt":"2020-06-23T11:26:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/?p=189"},"modified":"2020-06-23T13:38:52","modified_gmt":"2020-06-23T11:38:52","slug":"emprendimiento-digital-femenino-en-tiempos-de-coronavirus-el-trabajo-de-cuidados-a-menores-conquista-las-plataformas-digitales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/emprendimiento-digital-femenino-en-tiempos-de-coronavirus-el-trabajo-de-cuidados-a-menores-conquista-las-plataformas-digitales\/","title":{"rendered":"Emprendimiento digital femenino en tiempos de coronavirus: el trabajo de cuidados a menores conquista las plataformas digitales"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right\"><em>Raquel Vela D\u00edaz<\/em>.<br><em>Profesora Ayudante Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social<\/em>.<br><em>Universidad de Ja\u00e9n<\/em><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<!--more-->\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>1.La digitalizaci\u00f3n del trabajo de cuidados a menores revoluciona las plataformas de servicios<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>No siempre resulta sencillo conciliar las obligaciones de la vida laboral con las necesidades de la vida familiar y el tiempo de ocio. Cada d\u00eda es m\u00e1s frecuente que los padres y las madres tengan especiales dificultades para dedicarle el tiempo necesario a sus hijos sin dejar de cumplir los compromisos derivados de sus puestos de trabajo, y las soluciones que existen en el mercado son escasas y no siempre cubren estas necesidades de manera inmediata. Una situaci\u00f3n que se ha acentuado adem\u00e1s de una manera espectacular con el confinamiento derivado de la declaraci\u00f3n del Estado de Alarma como consecuencia de la epidemia del Covid-19 y ante la opci\u00f3n del teletrabajo a la que muchos trabajadores y trabajadoras se han tenido que acoger.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta importante necesidad y demanda social de asistencia y cuidado de menores ha entreabierto una considerable oportunidad de negocio en la actualidad, surgiendo as\u00ed diversas plataformas digitales que prestan este tipo de servicios, tales como <a href=\"https:\/\/www.sitly.es\/en-la-prensa\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sitly<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.babysits.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Babysits<\/a>, <a href=\"https:\/\/topnanny.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">topnanny<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.interdomicilio.com\/nineras-ninos-bebes\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">interdomicilio<\/a> o <a href=\"http:\/\/cangursdeguardia.com\/es\/qui-som\/petita-presentacio\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Cangurs de Gu\u00e0rdia<\/a>. Una aut\u00e9ntica proyecci\u00f3n digital en la era de la llamada <em>cuarta revoluci\u00f3n industrial<\/em> de los trabajos de cuidar cl\u00e1sicos.<\/p>\n\n\n\n<p>De manera m\u00e1s concreta, este intento de dar una soluci\u00f3n profesional al problema real de conciliaci\u00f3n de las familias ha generado que una mujer emprendedora haya creado la plataforma digital <a href=\"https:\/\/www.nannyfy.com\/?gclid=Cj0KCQiAkKnyBRDwARIsALtxe7jC3klqVujmfgcrKaX9095Ijrxf_U6VD13vPVKiNhfCk-b7W5uebxsaAquHEALw_wcB\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Nannyfy<\/a>, el marketplace espa\u00f1ol que desde finales de 2018 ofrece un servicio de \u201cnannies\u201d a domicilio en distintas provincias de la geograf\u00eda espa\u00f1ola. Una startup que ayuda a las familias a encontrar personas cuidadoras, ofreciendo dos tipos de servicios: uno puntual, con el que se puede solicitar una \u201cnanny\u201d hasta con una hora de antelaci\u00f3n; y uno recurrente, que permite encontrar ni\u00f1era para cuidar de los ni\u00f1os por periodos m\u00e1s largos. <\/p>\n\n\n\n<p>Si contamos con aplicaciones para taxis, para reparto de\ncomida, o para cualquier otro servicio \u00bfpor qu\u00e9 no una plataforma para encontrar\ncanguros de confianza? Podr\u00eda ser el lema de estas infraestructuras digitales\nque ponen en contacto a familias con la persona cuidadora que m\u00e1s se adapta a\nsus gustos y necesidades.<\/p>\n\n\n\n<p>Para poder prestar sus servicios a trav\u00e9s de esta plataforma, las futuras personas empleadas pasan una validaci\u00f3n previa. Para ello, personal especializado valida si el perfil es apto o no y si cumple todos los requisitos que suelen buscar las familias<a href=\"#_ftn1\">[1]<\/a>. Los perfiles de Nannyfy (y de las dem\u00e1s plataformas de este tipo) son principalmente mujeres j\u00f3venes que combinan estudios con trabajo. La mayor\u00eda de ellas est\u00e1n estudiando o bien ya han terminado Educaci\u00f3n infantil, son psic\u00f3logas, pedagogas, auxiliares de guarder\u00edas, estudiantes de medicina, enfermeras, etc. <\/p>\n\n\n\n<p>De este modo, aunque la digitalizaci\u00f3n y las nuevas tecnolog\u00edas han alcanzado tambi\u00e9n el sector del cuidado, sigue siendo un \u00e1mbito laboral predominantemente femenino, encontrando en menor medida alg\u00fan perfil masculino con estudios y experiencia. Se mantiene as\u00ed la tradicional divisi\u00f3n social del trabajo: plataformas t\u00edpicamente conocidas como Uber, Deliveroo o Glovo con empleo eminentemente masculino por el tipo de servicios vinculados a las mismas, y plataformas de cuidados y atenci\u00f3n a menores donde la inmensa mayor\u00eda de las \u201cni\u00f1eras\u201d son mujeres, estudiantes j\u00f3venes que alternan sus estudios con \u201cminitrabajos\u201d aut\u00f3nomos de cuidado para continuar estudiando. La historia se repite, pero con perspectiva digital.<\/p>\n\n\n\n<p>Las familias interesadas en los servicios que ofrece la plataforma deben estar registradas, insertar el d\u00eda y las horas en que necesitan a la persona cuidadora y escoger entre los numerosos perfiles disponibles. La propia plataforma ofrece la posibilidad de acceder a su fotograf\u00eda, su descripci\u00f3n personal, estudios, idiomas, competencias, experiencia profesional, precio\/hora, su localizaci\u00f3n e incluso hasta un peque\u00f1o v\u00eddeo de presentaci\u00f3n. Tambi\u00e9n ofrece un servicio de geolocalizaci\u00f3n -como si de un Uber se tratara- pudiendo las familias elegir a la persona cuidadora que se encuentre m\u00e1s cerca del domicilio. <\/p>\n\n\n\n<p>El t\u00e9rmino de <a href=\"https:\/\/www.foxize.com\/biblioteca\/Confiados-y-confiables-La-fabricaci%C3%B3n-de-la-confianza-en-la-era-digital\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">\u201cconfianza digital\u201d<\/a> entra as\u00ed en acci\u00f3n, puesto que una de las claves del \u00e9xito de negocio de esta iniciativa empresarial femenina radica en haber sido capaz de generar confianza entre los usuarios. La puntuaci\u00f3n y rese\u00f1as de las familias que han utilizado los servicios de \u201ccuidadoras\u201d de esta plataforma est\u00e1 generando un aumento de esa \u201cconfianza digital\u201d de muchas familias que se resisten a utilizar este tipo de servicios. <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>2.Del servicio digital de cuidado a particulares al servicio digital de cuidado a empresas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta plataforma digital que empez\u00f3 ofreciendo sus servicios de cuidados a\u00a0 particulares ha comenzado a cerrar acuerdos con hoteles, plataformas tur\u00edsticas y compa\u00f1\u00edas en general para que estas puedan ofrecer su servicio de personas cuidadoras a sus clientes y empleados.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre otras empresas, la plataforma ha cerrado acuerdos con McDonald\u2019s, Everis, Eurostars y Airbnb, que pueden ofrecer estos servicios a sus empleados como un beneficio social, lo que podr\u00eda suponer una forma de implementaci\u00f3n de la Acci\u00f3n Social en la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>Para estos servicios dirigidos al <a href=\"https:\/\/cincodias.elpais.com\/cincodias\/2020\/02\/17\/companias\/1581971497_762491.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">mercado empresarial<\/a>, la startup ha dise\u00f1ado una oferta m\u00e1s espec\u00edfica. A modo de ejemplo: para hoteles, un servicio privado de \u201cnannies\u201d y otro de actividades con ni\u00f1eras en el hotel o por la ciudad; para las plataformas tur\u00edsticas, una API para que integren en su propio servicio y puedan realizar la venta de la aplicaci\u00f3n de Nannyfy a trav\u00e9s de sus canales; y para el resto de empresas servicios tales como bonos de horas de un solo uso para acciones puntuales (<em>Nannify Tickets<\/em>), un servicio bajo demanda ilimitado para los empleados seleccionados por las compa\u00f1\u00edas (<em>Nannify Unlimited<\/em>), y, un servicio por el que todos los empleados de una empresa tendr\u00edan acceso a los servicios de esta plataforma con un saldo determinado por el departamento de recursos humanos (<em>Nanny Community<\/em>). <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>3.Reinventarse en tiempos de coronavirus: de canguros a domicilio a monitoras virtuales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La crisis sanitaria del Covid-19 ha supuesto un cambio dr\u00e1stico en las formas de interacci\u00f3n social. Antes de la llegada de la epidemia, las personas cuidadores de esta plataforma prestaban sus servicios de cuidado a menores en los propios domicilios familiares. Pero el confinamiento ha obligado a la startup a reinventar la forma de prestaci\u00f3n de servicios, ofreciendo la posibilidad de cuidado, entretenimiento y formaci\u00f3n a los menores de forma <a href=\"https:\/\/retina.elpais.com\/retina\/2020\/04\/30\/innovacion\/1588247602_330576.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">online<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta nueva situaci\u00f3n desconocida hasta ahora ha supuesto una reorientaci\u00f3n de estas plataformas de cuidado, que han encontrado una aut\u00e9ntica oportunidad de negocio al amparo de la crisis sanitaria, mediante el lanzamiento de E-activities: actividades por videollamada, en directo y con \u201cnannies\u201d asignadas en funci\u00f3n de su experiencia, horario y edad de los ni\u00f1os, siendo este tipo de plataformas pioneras en ofrecer estos servicios digitales durante el coronavirus.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, el cuidado presencial a domicilio ofrecido se ha transformado en actividad formativa online para los ni\u00f1os, ofreciendo la posibilidad de recibir clases de diversas tem\u00e1ticas (dibujo, m\u00fasica, manualidades, idiomas, cuentacuentos etc.) o incluso refuerzo de las tareas escolares durante estos meses de docencia a distancia impartida por los colegios.<\/p>\n\n\n\n<p>Y es que no podemos olvidar que uno de los impactos m\u00e1s obvios que en el mundo del trabajo est\u00e1 provocando la crisis del Covid-19 es, sin duda, el teletrabajo. Por este motivo, numerosas familias -e incluso compa\u00f1\u00edas- han optado por este servicio digital para los ni\u00f1os, para poder conciliar las tareas de su trabajo en remoto con la formaci\u00f3n y el refuerzo a distancia de los menores tras el cierre de los centros educativos, multiplic\u00e1ndose as\u00ed la demanda de servicios de estas plataformas.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>4.Los otros protagonistas -riders- de las plataformas digitales y el reciente pronunciamiento del Tribunal de la UE: el debate contin\u00faa <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Y no podemos dejar de mencionar a los otros protagonistas (en este caso casi en su totalidad masculinos) de la \u201ceconom\u00eda colaborativa\u201d, y a los que ya nos hemos referido en entradas anteriores del blog, puesto que en el conflicto abierto sobre la calificaci\u00f3n jur\u00eddica de los repartidores de la econom\u00eda de las plataformas, se ha producido recientemente un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata del Auto del TJUE de 22 de abril de 2020 (<a href=\"http:\/\/curia.europa.eu\/juris\/document\/document.jsf?text=&amp;docid=225922&amp;pageIndex=0&amp;doclang=EN&amp;mode=req&amp;dir=&amp;occ=first&amp;part=1&amp;cid=5394048\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">C-629\/19<\/a>), que se ha pronunciado sobre el tratamiento existente entre los repartidores y las plataformas digitales de reparto a domicilio ante la cuesti\u00f3n prejudicial planteada por el Tribunal de Trabajo de Watford -Reino Unido- que solicit\u00f3 la interpretaci\u00f3n de ciertas disposiciones contenidas en la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?lang=es&amp;id=DOUE-L-2003-81852\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Directiva 2003\/88\/CEE<\/a> relativa a determinados aspectos de la ordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo, respecto a un trabajador de la empresa Yodel Delivery Network.<\/p>\n\n\n\n<p>En este pronunciamiento, el TJUE resuelve que la interpretaci\u00f3n de la citada Directiva debe ajustarse a la denominaci\u00f3n de contratista independiente por cuenta propia establecida en el acuerdo de servicios, no pudiendo ser calificado como trabajador cuando dispone de las siguientes facultades:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Posibilidad\nde designar a subcontratistas o sustitutos para el desempe\u00f1o de las tareas, en\nparte o en su totalidad.<\/li><li>Capacidad\nde aceptar o rechazar las tareas asignadas, as\u00ed como fijar el n\u00famero m\u00e1ximo de\ntareas.<\/li><li>Posibilidad\nde prestar servicios similares a terceros, incluso si son competidores directos\ndel supuesto empleador.<\/li><li>Establecer\nsus propias horas de trabajo, dentro de ciertos par\u00e1metros, as\u00ed como de\norganizar su tiempo de trabajo para adaptarlo a sus circunstancias personales. <\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>No obstante lo anterior, el Tribunal Europeo se\u00f1ala que\ncorresponde al \u00f3rgano jurisdiccional nacional competente establecer la\ncalificaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n, en base a lo establecido en la\nDirectiva 2003\/88\/CE, teniendo en cuenta el conjunto de criterios objetivos\nrelativos a la situaci\u00f3n de la persona, as\u00ed como a la actividad econ\u00f3mica que desempe\u00f1a,\nlo que pone de manifiesto la heterogeneidad de las decisiones judiciales que\npueden surgir en torno a la definici\u00f3n de la relaci\u00f3n existente entre plataformas\ndigitales y repartidores<a href=\"#_ftn2\">[2]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo que s\u00ed es cierto es que la dificultad que se est\u00e1 generando ante la falta de homogeneidad de criterios (nacional y supranacional) a la hora de definir el marco regulatorio de los trabajadores y trabajadoras de estas estructuras digitales, y las numerosas sentencias con pronunciamientos contradictorios al respecto<a href=\"#_ftn3\">[3]<\/a>, est\u00e1n suscitando una importante ambig\u00fcedad y confusi\u00f3n a la hora de abordar la naturaleza jur\u00eddica de la relaci\u00f3n laboral de este tipo de empleados y empleadas. En este sentido, y como se ha planteado en los apartados anteriores, no olvidemos que los \u201cRIDERS\u201d no son los \u00fanicos trabajadores de las plataformas, sino que est\u00e1n surgiendo otras categor\u00edas de personas colaboradoras en estos entornos digitales, tales como las \u201cNANNIES\u201d, que podr\u00edan presentar una problem\u00e1tica equivalente.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>5.Algunas reflexiones finales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En la era de la llamada <em>cuarta\nrevoluci\u00f3n industrial,<\/em> el emprendimiento y puesta en marcha de plataformas\ndigitales de cuidado y atenci\u00f3n a menores surge como una oportunidad de negocio\nque viene a cubrir una necesidad tradicional de la sociedad, que pese a los\navances de la tecnolog\u00eda y la rob\u00f3tica, siempre estar\u00e1 compuesta por personas\n(en las diferentes etapas de la vida), lo que supone una importante demanda de\neste tipo de servicios de cuidado.<\/p>\n\n\n\n<p>La proyecci\u00f3n digital del trabajo de cuidados cl\u00e1sico ha\npuesto de manifiesto que el papel de las plataformas digitales en el\nemprendimiento laboral y el trabajo de la mujer, sigue estando muy relacionado\ncon los espacios laborales que el mercado de trabajo ha venido asignando hist\u00f3ricamente\na las trabajadoras. <\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, el debate sobre la relaci\u00f3n de laboralidad o\nno de los repartidores respecto de las plataformas digitales para las que\nprestan sus servicios sigue abierto, y con posicionamientos judiciales tanto\nnacionales como de la UE que no mantienen un mismo criterio. Y es que las nuevas\nformas de empleo y prestaci\u00f3n de servicios que est\u00e1n surgiendo en los actuales\nentornos laborales profundamente digitalizados, vinculadas a la econom\u00eda de las\nplataformas, tales como las \u201cnannies\u201d o los \u201criders\u201d, si bien vienen a cubrir\nnecesidades sociales tradicionales, no cuentan, de momento, con un marco jur\u00eddico-regulador\nclaro y definido, lo que genera incertidumbre en cuanto a los derechos y el\nnivel de protecci\u00f3n social aplicables. Por ello, el gran reto es encontrar el\nequilibrio entre el desarrollo tecnol\u00f3gico y digital y el respeto a los\nderechos de las personas trabajadoras, garantizando as\u00ed una transici\u00f3n\nsocialmente responsable hacia la econom\u00eda digital. <br><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em><a href=\"#_ftnref1\">[1]<\/a> En 12 meses la plataforma ha validado a m\u00e1s de 4.000 nannies en toda Espa\u00f1a. Se han registrado m\u00e1s de 17.000 familias y la app ha llegado al primer puesto de su sector en Appstore.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em><a href=\"#_ftnref2\">[2]<\/a> V\u00e9ase a este respecto los comentarios doctrinales de los profesores <a href=\"http:\/\/www.eduardorojotorrecilla.es\/2020\/05\/sigue-el-debate-juridico-sobre-la.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\"><i>Eduardo Rojo<\/i><\/a>, <a href=\"https:\/\/forodelabos.blogspot.com\/2020\/05\/los-repartidores-traves-de-plataformas.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\"><i>Jos\u00e9 M\u00aa Goerlich<\/i><\/a> o <a href=\"https:\/\/ignasibeltran.com\/2020\/05\/05\/el-trabajo-en-la-economia-de-las-plataformas-un-primer-criterio-decepcionante-del-tjue-asunto-yodel-delivery-network\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\"><i>Ignasi Beltr\u00e1n<\/i><\/a>. &nbsp;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em><a href=\"#_ftnref3\">[3]<\/a> En Espa\u00f1a se est\u00e1 produciendo una oleada de sentencias sobre esta cuesti\u00f3n, las m\u00e1s recientes, la <a href=\"http:\/\/www.poderjudicial.es\/cgpj\/es\/Poder-Judicial\/Noticias-Judiciales\/Una-magistrada-de-Zaragoza-reconoce-la-relacion-laboral-de-los-trabajadores-con-Deliveroo-\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\"><i>Sentencia del Juzgado de lo Social n\u00ba 2 de Zaragoza, de 4 de mayo<\/i><\/a>, en la que se reconoce la relaci\u00f3n laboral de los repartidores con la empresa Roofoods Spain, S.L. (Deliveroo), estimando as\u00ed la demanda interpuesta por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social y apoyando sus razonamientos en la amplia jurisprudencia dictada al respecto; y la <a href=\"http:\/\/www.eduardorojotorrecilla.es\/2020\/06\/sigamos-hablando-sobre-los-glovers.html#more\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\"><i>Sentencia del Juzgado de los Social n\u00ba 21 de Madrid, de 11 de junio<\/i><\/a>,&nbsp; que reconoce la naturaleza laboral de la relaci\u00f3n contractual existente entre Glovo y 68 personas repartidoras.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Raquel Vela D\u00edaz.Profesora Ayudante Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.Universidad de Ja\u00e9n<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":196,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-189","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/189"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=189"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/189\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":195,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/189\/revisions\/195"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/196"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=189"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=189"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=189"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}