{"id":128,"date":"2020-04-20T18:49:25","date_gmt":"2020-04-20T16:49:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/?p=128"},"modified":"2020-04-20T19:08:34","modified_gmt":"2020-04-20T17:08:34","slug":"la-des-proteccion-social-de-los-riders-de-plataformas-digitales-ante-la-crisis-sanitaria-y-economica-del-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/la-des-proteccion-social-de-los-riders-de-plataformas-digitales-ante-la-crisis-sanitaria-y-economica-del-covid-19\/","title":{"rendered":"La (des) protecci\u00f3n social de los \u201cRiders\u201d de plataformas digitales ante la crisis sanitaria y econ\u00f3mica del covid-19"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right\"><em>Raquel Vela D\u00edaz.<\/em><br><em>Profesora Ayudante Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.<\/em><br><em>Universidad de Ja\u00e9n.<\/em><\/p>\n\n\n\n<!--more-->\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\">1.Uno de los impactos m\u00e1s obvios que en el mundo del trabajo est\u00e1 provocando la crisis del Covid-19 ha sido, sin duda, <a rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\" href=\"https:\/\/www.expansion.com\/expansion-empleo\/desarrollo-de-carrera\/2020\/02\/14\/5e46c7c6468aebde788b459e.html\" target=\"_blank\">la explosi\u00f3n del trabajo en remoto o teletrabajo<\/a>, lo que ha generado que gobiernos y empresas hayan realizado un especial esfuerzo por facilitar y poner en marcha la opci\u00f3n de trabajo digital para sus trabajadores, y que proveedores tecnol\u00f3gicos potencien sus infraestructuras para hacer frente al espectacular aumento que se ha producido en la demanda de conexi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta dif\u00edcil situaci\u00f3n a la que se enfrenta la sociedad est\u00e1 impactando sobre todas las personas trabajadoras en cualquier modalidad o circunstancia de empleo, aunque no de forma tan severa sobre las que tienen posibilidad de acogerse al teletrabajo, sino en particular sobre aquellas que tienen que seguir acudiendo presencialmente a sus puestos de trabajo, y, en especial, sobre uno de los colectivos de trabajadores socialmente m\u00e1s <a href=\"https:\/\/www.ilo.org\/global\/about-the-ilo\/newsroom\/news\/WCMS_739871\/lang--es\/index.htm?shared_from=shr-tls\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">desprotegidos<\/a>, como es el caso de los repartidores (riders) de las plataformas digitales. Repartidores de empresas de la llamada \u201ceconom\u00eda de plataformas\u201d que siguen prestando sus servicios en esta situaci\u00f3n de emergencia extrema, y sin la protecci\u00f3n social y de las condiciones de trabajo que confiere el marco normativo laboral, porque las empresas siguen consider\u00e1ndolos trabajadores aut\u00f3nomos. Una situaci\u00f3n que adem\u00e1s est\u00e1 <a href=\"https:\/\/www.abc.es\/economia\/abci-virus-impulsa-plataformas-digitales-y-farmaceuticas-202003160105_noticia.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">impulsando la econom\u00eda de dichas plataformas digitales<\/a>, que est\u00e1n recibiendo una avalancha de clientes que demandan reparto a domicilio en las \u00faltimas semanas ante el confinamiento de los hogares espa\u00f1oles, lo que sit\u00faa a estos trabajadores en una posici\u00f3n de especial vulnerabilidad ante la pandemia.<\/p>\n\n\n\n<p>Riders\nde Deliveroo, Glovo, Uber Eats, Amazon\u2026 que se encargan de conectar la oferta\ncon la demanda. Estos trabajadores de la gig economy llevan algunos a\u00f1os\ncirculando por nuestras ciudades, pero es justamente ahora cuando su trabajo se\nha hecho m\u00e1s visible. De hecho, su actividad no se ha llegado a prohibir en\nning\u00fan pa\u00eds de Europa pese al estado de alarma.<\/p>\n\n\n\n<p>La propia OIT en su comunicado <a href=\"https:\/\/www.ilo.org\/wcmsp5\/groups\/public\/---dgreports\/---dcomm\/documents\/briefingnote\/wcms_739158.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">El Covid-19 y el mundo del trabajo: repercusiones y respuestas<\/a>, resalta qu\u00e9 pol\u00edticas ser\u00e1n las m\u00e1s eficaces para mitigar los efectos del Covid-19 en el mundo del trabajo, mencionando, entre otros colectivos, cu\u00e1les son los trabajadores m\u00e1s vulnerables ante esta situaci\u00f3n, entre ellos, los trabajadores por cuenta propia que llevan a cabo su labor en plataformas digitales. <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>2.<\/strong>La situaci\u00f3n de la actividad laboral actual de estos riders dificulta especialmente que los mismos puedan acogerse a algunas de las principales <a rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\" href=\"https:\/\/revista.seg-social.es\/2020\/04\/03\/las-cotizaciones-sociales-en-los-proximos-meses-quien-esta-exento-y-quien-puede-solicitar-moratorias-o-aplazamientos\/\" target=\"_blank\">medidas de protecci\u00f3n social para trabajadores aut\u00f3nomos<\/a> aprobadas por el Gobierno para paliar las consecuencias provocadas por la crisis sanitaria del Covid-19<a href=\"#_ftn1\">[1]<\/a>:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Al no ser reconocidos como empleados por cuenta ajena de las plataformas digitales, no pueden acceder a un <a href=\"http:\/\/www.seg-social.es\/wps\/portal\/wss\/internet\/FAQ\/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7\/941cab07-b4b7-4a46-88e9-bbbd8c5c93f8\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">expediente de regulaci\u00f3n temporal de empleo<\/a> (ERTE).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>No pueden acogerse a la <a href=\"http:\/\/www.seg-social.es\/wps\/portal\/wss\/internet\/FAQ\/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7\/ed13c2a7-72fb-4831-83b5-7c597923e568\/64f2316b-c235-4dd9-a2cd-ac44c96b46a9\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">prestaci\u00f3n extraordinaria por cese de actividad<\/a> porque su trabajo de reparto no se ha paralizado, siendo necesario para acceder a la misma que la actividad haya quedado suspendida por la declaraci\u00f3n del estado de alarma (art. 17 del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2020-3824&amp;tn=1&amp;p=20200408\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">RD-Ley 8\/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto econ\u00f3mico y social del COVID-19<\/a>).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Tambi\u00e9n podr\u00edan acceder a dicha <a href=\"https:\/\/revista.seg-social.es\/2020\/03\/24\/once-preguntas-y-respuestas-sobre-la-nueva-prestacion-extraordinaria-para-autonomos\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">prestaci\u00f3n extraordinaria<\/a> si la facturaci\u00f3n en el mes anterior al que se solicita se reduce al menos un 75% en relaci\u00f3n con el promedio de facturaci\u00f3n del semestre anterior. Sin embargo, supone una importante dificultad para este colectivo acreditar que su facturaci\u00f3n se ha desplomado en esta situaci\u00f3n, porque sus remuneraciones suelen variar mucho, porque en muchos casos los repartidores llevan poco tiempo, o porque est\u00e1 aumentando la demanda de pedidos a las plataformas para las que prestan servicios.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>3.<\/strong>A las dificultades de acogerse a las medidas de protecci\u00f3n social para aut\u00f3nomos articuladas por el gobierno, debemos unir que al no tratarse de trabajadores por cuenta ajena, las empresas no se est\u00e1n responsabilizando de asumir la prevenci\u00f3n de riesgos laborales. De hecho, como los propios repartidores est\u00e1n denunciando, en la mayor\u00eda de los casos las plataformas no han proporcionado ning\u00fan tipo de material de protecci\u00f3n a sus repartidores, limit\u00e1ndose simplemente a dar algunas recomendaciones de seguridad y comprometi\u00e9ndose a dotarles de este material que en la mayor\u00eda de los casos no se est\u00e1 facilitando, por lo que muchos de ellos han tenido que adquirir por su cuenta dichas protecciones. <\/p>\n\n\n\n<p>Esta grave situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n ha llevado al sindicato <a href=\"https:\/\/www.ugt.es\/ugt-denuncia-glovo-deliveroo-uber-eats-y-amazon-por-no-facilitar-medidas-de-prevencion-sus\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">UGT<\/a> a presentar una denuncia ante la Inspecci\u00f3n de Trabajo contra Amazon, Deliveroo, Glovo y Uber Eats, las principales empresas de reparto a domicilio, por emplear falsos aut\u00f3nomos para atender la actividad de reparto de estas plataformas digitales y por no facilitar medidas de prevenci\u00f3n a estos trabajadores. Tambi\u00e9n en esta misma l\u00ednea, el sindicato de repartidores de aplicaciones de comida a domicilio <a href=\"https:\/\/www.lavanguardia.com\/economia\/20200318\/474248368636\/riders-repartidores-glovo-deliveroo-uber-coronavirus.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Free Riders<\/a> ha presentado una denuncia ante la Inspecci\u00f3n de Trabajo en la que se alega el grave riesgo para la salud que supone seguir realizando este tipo de repartos, unido a la falta de medidas de prevenci\u00f3n de riesgos laborales en la que los repartidores est\u00e1n prestando sus servicios.<\/p>\n\n\n\n<p>Y es que, desde el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2020-3692&amp;tn=1&amp;p=20200411\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Real Decreto 463\/2020, de 14 de marzo<\/a>, por el que se aprobaba el estado de alarma, se ha considerado el reparto como un servicio esencial para poder atender las necesidades de las personas confinadas en sus domicilios, sin embargo, resulta indispensable propiciar una adecuada protecci\u00f3n de la seguridad y salud de estos repartidores de plataformas, imprescindible a su vez para proteger tambi\u00e9n la salud de los clientes que demandan este tipo de servicios.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>4.<\/strong>La crisis del Covid-19 viene a coincidir con una oleada de sentencias y aprobaci\u00f3n de normativas en distintos pa\u00edses, que tienden a reconocer una relaci\u00f3n de laboralidad entre los trabajadores de reparto y las plataformas digitales para las que prestan servicios. Destacamos a continuaci\u00f3n las m\u00e1s recientes:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CANAD\u00c1:<\/strong> La <a href=\"http:\/\/www.olrb.gov.on.ca\/Decision\/1346-19-R_Foodora-Inc-Feb-25-2020.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Junta de Relaciones Laborales de Ontario<\/a> dictamin\u00f3 el 25 de febrero de 2020 que los mensajeros que trabajan para Foodora son contratistas dependientes, reconoci\u00e9ndoles el derecho legal de organizar un sindicato. Hasta ese momento Foodora hab\u00eda clasificado de manera err\u00f3nea a los mensajeros como contratistas independientes, eludiendo as\u00ed ciertas responsabilidades respecto a los empleados. Con esta resoluci\u00f3n se reconoce la relaci\u00f3n laboral de estos trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>FRANCIA:<\/strong> La <a href=\"https:\/\/www.courdecassation.fr\/IMG\/20200304_arret_UBER_espanol.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sentencia de la Sala de lo Social de la Corte de Casaci\u00f3n francesa de 4 de marzo de 2020<\/a>, determina que los conductores de la plataforma Uber son <a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2020-03-04\/el-supremo-frances-dictamina-que-los-conductores-de-uber-son-empleados-y-no-trabajadores-autonomos.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">trabajadores por cuenta ajena y no trabajadores aut\u00f3nomos<\/a>, confirmando as\u00ed la sentencia que hab\u00eda dictado el Tribunal de Apelaci\u00f3n de Par\u00eds en enero de 2019. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>ITALIA:<\/strong> La <a href=\"https:\/\/www.rivistailmulino.it\/news\/newsitem\/index\/Item\/News:NEWS_ITEM:5018\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sentencia de la Corte Suprema Italiana (Corte di Cassazione) de 24 de enero de 2020<\/a>, reconoce la relaci\u00f3n laboral de los repartidores de Foodora, aplicando as\u00ed la nueva legislaci\u00f3n de empleo adoptada en Italia en noviembre de 2019, trat\u00e1ndose de las pocas iniciativas legislativas que se ocupa directamente de regular el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los trabajadores de plataformas. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>EE.UU. (CALIFORNIA):<\/strong> En enero de 2020 entr\u00f3 en vigor en California la <a href=\"https:\/\/www.investopedia.com\/california-assembly-bill-5-ab5-4773201\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Ley AB5<\/a> para poner fin al <a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2019\/09\/19\/actualidad\/1568916748_579233.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">abuso de la figura del aut\u00f3nomo<\/a> para encubrir una verdadera relaci\u00f3n laboral, tanto en la econom\u00eda de plataformas, como en otros sectores tradicionales como el periodismo, el transporte, la venta de seguros, etc. De este modo, a partir de su entrada en vigor, los trabajadores formalmente independientes que exclusivamente aportan mano de obra deber\u00e1n ser considerados trabajadores y estar\u00e1n cubiertos por la normativa laboral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARGENTINA:<\/strong> Se ha puesto en marcha un <a href=\"https:\/\/www.politicargentina.com\/notas\/202003\/32313-el-proyecto-de-ley-que-prepara-el-oficialiso-para-regular-las-apps-de-delivery.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">proyecto de ley<\/a> para crear un estatuto espec\u00edfico para los trabajadores de las diferentes plataformas digitales y mejorar as\u00ed sus condiciones de trabajo. El proyecto pretende encuadrar la actividad como una relaci\u00f3n de dependencia con el fin de que los repartidores no sean \u201cusuarios\u201d sino empleados de las plataformas. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>ESPA\u00d1A:<\/strong> Son diversas las resoluciones judiciales\nque se han pronunciado desde que comenz\u00f3 el a\u00f1o 2020 por parte de Tribunales\nSuperiores de Justicia de distintas CCAA respecto a la calificaci\u00f3n de la\nrelaci\u00f3n laboral de los riders de plataformas digitales, (todas ellas en la\nmisma l\u00ednea de criterio de otras sentencias dictadas en 2019, como la STSJ de\nAsturias, de 25 de julio; STSJ de Madrid de 18 de diciembre y de 27 de\nnoviembre):<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><a href=\"http:\/\/www.ugt-cat.net\/subdominis\/premsa\/SENTENCIA_TSJC_Glovo.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalu\u00f1a de 21 de febrero de 2020<\/a>, que califica a los repartidores de la plataforma Glovo como <a href=\"https:\/\/www.lavanguardia.com\/economia\/20200310\/474070743617\/justicia-catalunya-considera-asalariado-repartidor-glovo.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">trabajadores por cuenta ajena<\/a> y considera que al haber sido objeto el trabajador de un despido sin causa ha de calificarse de improcedente.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><a href=\"https:\/\/www.simonmoreton.com\/noticias\/despacho-simon-moreton-gana-la-primera-sentencia-en-castilla-y-leon-que-reconoce-la-relacion-laboral-de-los-trabajadores-de-glovo\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le\u00f3n de 17 de febrero de 2020<\/a>, que estima la relaci\u00f3n entre Glovo y uno de sus repartidores como una relaci\u00f3n laboral y por cuenta ajena, con todas las consecuencias inherentes a la misma.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><a href=\"https:\/\/www.ugt.es\/el-tsjm-vuelve-dar-la-razon-ugt-frente-glovo\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de febrero de 2020<\/a>, que reconoce como relaci\u00f3n laboral la de los repartidores que prestan servicio para la plataforma de reparto Glovo.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><a href=\"http:\/\/www.poderjudicial.es\/cgpj\/es\/Poder-Judicial\/Tribunales-Superiores-de-Justicia\/TSJ-Madrid\/Noticias-Judiciales-TSJ-Madrid\/El-TSJ-de-Madrid-ratifica-que-los--riders--de-Deliveroo--estan-sujetos-a-una-relacion-laboral-con-la-empresa\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de enero de 2020<\/a>, que constata la existencia de una relaci\u00f3n laboral encubierta bajo una apariencia de trabajo aut\u00f3nomo de los repartidores de comida a domicilio de Roofoods Spain, S.L. \u2013conocida con el nombre comercial de Deliveroo-.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Queda\nesperar que el Tribunal Supremo se pronuncie mediante unificaci\u00f3n de doctrina\nen esta materia, creando as\u00ed jurisprudencia.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\"><strong>5.Algunas reflexiones finales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La\ncrisis del coronavirus ha evidenciado una problem\u00e1tica que lleva tiempo\nocasionando conflictos entre repartidores y plataformas digitales y que en la\nactualidad es el fondo de diversos casos en tribunales de numerosos pa\u00edses,\nespecialmente en Espa\u00f1a, que se est\u00e1n pronunciando a favor de la laboralidad de\nesta relaci\u00f3n de trabajo, lo que supone un reconocimiento de la necesidad de extender\nlos esquemas de protecci\u00f3n social del trabajo por cuenta ajena tambi\u00e9n a los\nriders.<\/p>\n\n\n\n<p>La situaci\u00f3n de pandemia sin precedentes a la que estamos asistiendo se caracteriza por su innegable car\u00e1cter social, que si bien puede afectar a cualquier persona, impacta especialmente sobre las personas trabajadoras en situaci\u00f3n de mayor desprotecci\u00f3n sociolaboral, aquellas que han pasado de ser \u201cprescindibles\u201d a \u201cimprescindibles\u201d, y que como tan acertadamente ha denominado el profesor <a href=\"http:\/\/www.eduardorojotorrecilla.es\/2020\/03\/covid-19-y-de-repente-las-y-los.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">Eduardo Rojo<\/a>, se han convertido en el nuevo proletariado o jornaleros digitales del siglo XXI. <\/p>\n\n\n\n<p>En\nlos \u00faltimos a\u00f1os las plataformas digitales han cobrado una especial importancia\nen el tejido econ\u00f3mico, pero estas empresas tecnol\u00f3gicas no deben obviar que el\ncrecimiento empresarial de sus modelos de negocio no puede producirse a costa\nde calificar a sus trabajadores como meros colaboradores por cuenta propia, eludiendo\nas\u00ed su responsabilidad social, sino mediante el reconocimiento de que los\nmismos son aut\u00e9nticos empleados, con todos los derechos laborales y de\nSeguridad Social que les corresponde a esta figura laboral y bajo la protecci\u00f3n\ndel Convenio Colectivo que les sea de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Y as\u00ed se desprende de forma clara de la preocupaci\u00f3n manifestada tanto por organizaciones internacionales como la OIT sobre las relaciones de trabajo en la econom\u00eda de plataformas, como de organismos supranacionales. A este respecto, el reciente Dictamen del Comit\u00e9 Europeo de las Regiones de 10 de marzo de 2020 <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:52019IR2655&amp;from=ES\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\" (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">\u201cTrabajo en plataformas digitales: retos normativos en las esferas local y regional\u201d<\/a>, se\u00f1ala claramente en su apartado 8 \u201c<em>que es necesario un marco integrado que garantice la protecci\u00f3n social y los derechos sociales de todos los trabajadores, con el fin de crear unas condiciones de competencia equitativas tanto en la econom\u00eda de las plataformas digitales como en la econom\u00eda \u00abtradicional\u00bb fuera de l\u00ednea, basada en los mismos derechos y obligaciones para todas las partes interesadas<\/em>\u201d. Y en su apartado 9 subraya que <em>\u201cse debe combatir la clasificaci\u00f3n fraudulenta de los trabajadores por parte de los empleadores que buscan eludir regulaciones laborales, obligaciones fiscales y la representaci\u00f3n de los trabajadores\u201d<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>La\ncrisis no s\u00f3lo sanitaria sino econ\u00f3mica del Covid-19 ha puesto sobre la mesa la\nimperiosa necesidad de garantizar la protecci\u00f3n de aquellos colectivos de\npersonas trabajadoras encuadradas en un estatus jur\u00eddico-laboral inapropiado,\nque carecen de instrumentos de protecci\u00f3n social id\u00f3neos, y la necesidad de\nadecuar las actuales normas sociolaborales que le son de aplicaci\u00f3n a\nrealidades, si bien ya existentes, pero que esta situaci\u00f3n extrema ha dejado\na\u00fan m\u00e1s al descubierto. <br><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\">[1]<\/a> <em>V\u00e9anse los <a href=\"http:\/\/www.seg-social.es\/wps\/portal\/wss\/internet\/FAQ\/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7\/ed13c2a7-72fb-4831-83b5-7c597923e568\/5e520087-dc2f-4375-9221-43a9fdb62658\">requisitos<\/a> exigidos en el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2020-4208&amp;tn=1&amp;p=20200408\">Real Decreto-ley 11\/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el \u00e1mbito social y econ\u00f3mico para hacer frente al COVID-19<\/a>, para acogerse a la posibilidad de moratoria y aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, as\u00ed como los <a href=\"https:\/\/www.laboral-social.com\/trabajadores-autonomos-que-se-exige-para-que-puedan-percibir-bono-social.html\">requisitos<\/a> exigidos para que los trabajadores aut\u00f3nomos puedan percibir el bono social regulado en la citada norma. <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Raquel Vela D\u00edaz.Profesora Ayudante Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.Universidad de Ja\u00e9n.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":134,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-128","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=128"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":132,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/128\/revisions\/132"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/134"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=128"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=128"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.transformaw.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=128"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}